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Los Judios en Sagunto

De wikisenior


No se sabe a ciencia cierta desde cuando se instaló la comunidad judía en territorios valencianos. Lo único cierto es que los primeros judíos que se establecieron en España formaban parte de la primitiva Diáspora que se dispersó por todo el Imperio Romano. Así pues podemos hablar de la existencia de judíos en Sagunto y en Elche, dos de los centros urbanos más romanizados de las tierras valencianas siendo por tanto un marco idóneo para estos primeros establecimientos judíos y que dichos judíos mantenían unos esquemas sociales, económicos y culturales muy similares a los de las restantes comunidades.

En Sagunto tenemos documentada la presencia de judíos desde el final del S.I o inicio del S.II. Se trata de cuatro “defixions” encontradas en la montaña del castillo y que actualmente se exponen en el Museo Histórico.

Cuando los visigodos se apoderan de Hispania son tolerantes con la población que encuentran, incluyendo la judía. Se les respetan sus costumbres y sus derechos políticos y civiles. Los musulmanes cambiaron el nombre de Hispania por el de Al-Ándalus pero los hebreos la denominaron Sefarad y sefardíes a los habitantes que no se habían hecho cristianos ni musulmanes. Los judíos utilizaron además del hebreo y el árabe la lengua castellana que sus descendientes conservaron tras la expulsión en 1492.

Nos vamos a referir a la comunidad judía de Sagunto a partir de la dominación musulmana, la influencia que tuvieron los árabes en la comunidad judía y la repercusión de la conquista cristiana en su expulsión.

En la segunda mitad del S. X la judería hispana alcanzó momentos de gran vitalidad aunque no tenemos noticias de tierras valencianas. En 1031 desaparece el califato de Cordoba y Al-Andalus se fragmenta en una treintena de reinos de taifas (Valencia, Alpuente, Denia...) y a pesar de la falta de documentación sabemos que judios significativos de Sagunto participaron en las administraciones de Al-Andalus. Sin embargo estaban en inferioridad de condiciones con respecto a la comunidad musulmana ya que en 1095 el Cid firmaba un documento de capitulación estipulando que los judíos no podían comprar prisioneros de guerra musulmanes, no podían ejercer cargos con autoridad sobre musulmanes y que serían procesados si los molestaban.

La presencia y dominio de los almorávides en la Península (S. XI- XII) y el fanatismo religioso que los acompaña hizo que el judaísmo atravesara una etapa difícil que se tradujo en la huida de familias judías de Valencia y de Xátiva hacia Cataluña. Sin embargo los que se quedaron constituyeron el substrato de numerosas comunidades hebreas en lo que se conocería como reino de Valencia.

El rey Jaime I narra en el “LLibre dels Fets” la conquista de dicho reino y lo que supuso para los judíos dicha conquista. En el “LLibe del Repartiment” se narra la serie de privilegios concedidos por el rey a las comunidades judías, cosa que hizo que a parte de los que se quedaron, llegaran otros procedentes de otros lugares. Los judíos recibieron casas y tierras en la ciudad y en la huerta conformando patrimonios importantes como los de los cristianos. A pesar de tantos privilegios, los judíos no eran ciudadanos como los cristianos sino que fueron considerados por los reyes cristianos como “nostre tresor” o sea una fuente de ingresos fiscales.

En los años siguientes además de los bienes recibidos fueron incrementando su patrimonio, mediante compras, siéndoles reconocidas tales adquisiciones en 1261.

Jaime I y luego sus sucesores, fueron dictando leyes para regular la comunidad hebrea valenciana a la que concedió los mismos derechos que tenían las aljamas de Zaragoza y Barcelona, lo que era una señal inequívoca del deseo de crear una comunidad hebrea fuerte y desarrollada.La política real de incentivos para atraer pobladores judíos hizo que en muchas poblaciones se vieran reducidos sus impuestos como ocurrió en Sagunto que se rebajó el tributo anual de 500 sueldos a 200.

También dedicó Jaime I gran atención a la organización interna de las aljamas concediendo privilegios para nombrar sus autoridades y rabinos, se reguló el reparto de tributos y contribuciones, la administración de justicia, etc.

El reinado de Jaime I por lo que vemos, fue la época dorada de los judíos en la Corona de Aragón, sobre todo en su vertiente pública. Las leyes que prohibían a los judíos ejercer cargos públicos, instigadas por la Iglesia, eran de escaso valor real ya que la Corona y los nobles e incluso la misma Iglesia, necesitaban hombres capaces y hábiles y los judíos lo eran.

Las aljamas de Valencia siguieron durante el primer tercio del S.XIV su proceso de consolidación, aunque pronto aparecieron síntomas de crisis, como en 1348 con la peste negra, que produjo un fuerte descenso en la demografía. Pero esta crisis no fue sólo demográfica sino también social, económica y política, que hizo que los judíos aparecieran como sujetos expiatorios sobre los que la sociedad cristiana echó las culpas. La judería de Sagunto fue atacada y saqueada en 1348 por tropas unionistas de la ciudad de Valencia.

Se puede decir que durante el S. XIV las aljamas del Reino tuvieron momentos de altibajos hasta llegar a los asaltos de 1391, hechos que se produjeron debido al latente anti judaísmo de la sociedad valenciana, visible en una extensa gama de medidas segregacionistas de carácter prohibitivo hacia los judíos. Estos asaltos tuvieron su origen en Castilla, donde la debilidad económica coincidió con la muerte de Juan I, y pronto llegaron al Reino de Valencia. Las aljamas judías sufrieron la violencia de la mayoría cristiana y lo que comenzó como episodio religioso (el Arcediano de Ecija, Ferran Martínez comienza sus prédicas anti judías en Sevilla) acabó siendo conflicto social. Como castigo a la violencia contra los hebreos los jurados de Burriana debieron pagar al rey 13.000 sueldos y 7.000 los de Vila-Real. Las consecuencias del asalto fueron gravísimas para la población, ya que las conversiones fueron masivas en todas las juderías del reino, forzadas por la mera supervivencia. Introdujeron un elemento de distorsión, al producirse la destrucción del núcleo familiar cuando alguno de sus miembros abjuraba, mientras que otros permanecían fieles a la ley mosaica

La aljama de Sagunto tuvo mejor suerte y pudo escapar a los saqueos y muerte de sus miembros gracias a la protección del batle y alcaid Bonafonat de Sant Feliu que protegió la comunidad judía en el castillo.

Después de estos hechos el Papa Benedicto XIII convocó en Tortosa a los obispos y rabinos más destacados en un hecho que se conoce como la “Disputa de Tortosa”, donde las partes asistentes no se escucharon. Esta convocatoria fue una excusa para que el Papa forzara la presión cristianizadora sobre los judíos.

El 5 de mayo de 1415 el Papa promulga desde Valencia la bula “Etsi doctoris gentium” constitución que el rey Fernando I ratificó con la pragmática del 23 de julio de 1415. Estas disposiciones crearon grandes problemas a Morvedre porque cuatro años después de su promulgación estando ya difunto Fernando I, Alfonso el Magnánimo concedió de nuevo los derechos consolidados de los judíos de Morvedre y derogó así la bula del Papa Benedicto XIII y la pragmática de su padre Fernando I.

Estos son someramente los puntos de la bula de Benedicto XIII que el rey Alfonso el Magnánimo restituyó a la población de Morvedre:

1.-Los libros eran parte fundamental de la cultura judía.

Benedicto XIII manda recoger todos los libros y escritos que contienen doctrina judía y que sean guardados en la Iglesia-Catedral de cada diócesis. El rey restituye los libros, sunnas y compendios del Talmud y ordena que se devuelvan los libros a los judíos propietarios para leerlos, estudiarlos y mostrarlos según su voluntad.

2.- La aljama judía de Morvedre gestionaba un obrador para encuadernar libros.

La bula manda que el judío que fabricarán hiciera, compusiera o retuviera objetos sagrados o libros de cristianos fuera separado del trato con ellos. Los judíos de Morvedre piden al rey que les fuera restituido el derecho a encuadernar libros de cristianos. Se entiende que la actividad implicaría fabricar el papel, prepararlo, copiar, decorar, coser y encuadernar.

3.- Los judíos se regían por la ley judaica mediante jueces en las causas propias y en las causas entre judíos y cristianos con árbitros de derecho y amigables componedores.

Benedicto XIII establece y manda que ningún judío pueda ser juzgado en causas criminales civiles o cualquier otra contra judíos. Los jueces de Morvedre piden tener juristas que se ocupen de los contenciosos entre judío y tener árbitros de derecho y componedores judíos en los procedimientos entre judíos y cristianos.

4.- Los judíos eran médicos, corredores, procuradores, cambiadores, arrendadores y seguían manteniendo relaciones amistosas y comerciales con los cristianos.

La bula niega el poder ejercer estos trabajos así como tener mujeres cristianas como nodrizas o al servicio de judíos, ni tener relaciones con judíos en los baños o en celebraciones, ni encenderles el fuego o cocinar ni vender pan ácimo, ni verduras o aceptar la carne que llaman “trifá”.(carne que no seguía las normas judías) El rey restituye el ejercicio de las profesiones.

5.- Los judíos habitaban en la judería y tenían el negocio en cualquier lugar de la ciudad. Benedicto XIII exhorta a Príncipes y Señores a que fijen en las ciudades y villas los límites donde vivir los judíos.

El rey concede el derecho de tener la tienda de sol a sol entre cristianos y el domicilio en los límites de la judería.

6.- Los judíos podían viajar sin mostrar la rodela y llevarla visible por la población.

El Papa establece que los judíos varones muestren la rodela fija en el vestido y partida, en color rojo y amarillo y las mujeres sobre la frente. La aljama de Morvedre solicita al rey eximir a los judíos llevar la rodela por caminos para esquivar peligros. No dice nada de la rodela de las mujeres. El rey concede lo que solicita la aljama y reduce su uso al lugar de residencia.

7.- Los cristianos y los judíos hacían tratos y contratos. El Papa ordena que no se hagan tratos ni contratos con cristianos por los que estos se vean obligados a pagar, restituir o entregar dinero a algún judío directa o indirectamente. La aljama pide poder realizar contratos entre cristianos y judíos con las mismas condiciones en las que se hacen entre cristianos. El rey restituye el derecho pero matiza que los contratos no sean usurarios.

8.- La herencia de judío había de beneficiar también a los hijos cristianos. En la bula se ordena que ningún testamento u otra voluntad ni ley de judíos sirva para impedir que los cristianos consigan la posesión legítima de los bienes del difunto infiel, tal como si se tratara de una sucesión entre cristianos. La demanda judía consiste en poder testar a voluntad, si muere un judío sin testar y sus sucesores son judíos, la herencia se habría de repartir conforme la ley judía y si son de diversas leyes conforme a derecho. El rey está conforme con esta petición, ero la concreta de la siguiente manera: el testamento de judío que deja herederos judíos se hará como la ley judía, el testamento u otra disposición de judío que deja sucesores de diferente ley, el cristiano recibirá la mitad de esos bienes y el resto se podrá disponer a voluntad, igual que si muriera un cristiano sin estar.

9.- Los sermones obligatorios para judíos se hacían en la sinagoga a partir de 1419.

A partir de los doce años de edad , la bula ordena que los judíos debían de asistir a tres sermones públicos. Se entiende que de predicadores cristianos. La aljama judía de Morvedre pide al rey cuatro cosas:

  1. Que los judíos no sean forzados a salir de la judería para oír sermones.
  2. Que si alguien quiere sermonear o informar de la fe en la judería lo tendrá que hacer en la sinagoga.
  3. Que a la sinagoga solo podrá entrar el sermoneador y los oficiales.
  4. Que los sermones serán de la fe y de materia que induzca a la fe.

El rey accede a la primera demanda de la aljama. No comenta nada de la segunda, pero la tercera y cuarta no son ratificadas.

10.- Las causas contra judíos, que provocó la pragmática, fueron anuladas.

La aljama judía de Morvedre pide que las causas criminales o civiles que supone la aplicación de la pragmática de Fernando I sean anuladas. El rey acepta la propuesta.

11.- Los judíos vivían también en los límites que solían ser de la judería.

La Constitución papal exhortaba a Príncipes y Señores a que fijaran ciertos límites donde debían vivir los judíos y excomulgaba a los cristianos que cedieran sus casas a judíos.

Los judíos de Morvedre piden poder comprar y alquilar cualquier albergue que solían estar en los límites de la judería y que son desde la muela de la carnicería de los judíos hasta arriba el castillo de Morvedre. El rey ratifica la demanda

La comunidad judía de Morvedre se asentó principalmente hacia el S XIV en las calles que daban a la montaña dentro de la medina. Éstas eran Les Penyetes, Dolors y Sang Vella que constituían un primer espacio.

En el 1321 el rey Jaime II concedió a la comunidad judía que la amurallase para mejor custodiar la judería donde habitaban. Todavía se pueden ver restos en el convento de Santa Anna, la alquería de la Sonámbula y en algún pequeño tramo de la judería. Estas murallas se encontraban cerrando el segundo espacio y ocupó la judería limitando con la parroquia de Santa María y la calle del teatro romano.

En el 1419 la aljama solicitó al rey Alfonso V el Magnánimo trasladar el límite este de la judería hasta la muela de la carnicería. Ésta ha sido identificada como el edificio del “Mestre Penya” actual museo histórico de Sagunto.

Así pues se puede afirmar que la judería de Sagunto ha variado a lo largo de la Edad Media y se puede identificar las diferentes fases de su evolución